35% de Impuesto a las Ganancias para la compra de dólar ahorro
A través del Boletín Oficial, laAdministración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó una retención a cuenta del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales del orden del 35% para las compras de dólar ahorro y pagos con tarjetas de crédito al exterior.
Sin embargo, hay tres tipos de operaciones que no se encuentran alcanzadas por el nuevo impuesto:
- Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.
- Los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino.
- La adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificatorias.
Además, la nueva resolución puntualiza: “los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones, que no sean contribuyentes de Ganancias o, en su caso, de Bienes Personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción”.