El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral

Este sistema, aprobado en la Ley de Modernización Laboral, modifica el pago de las indemnizaciones y obligaciones laborales a trabajadores debidamente registrados en el sector privado.
La FAL estará destinado a empleadores privados y funcionará mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Cada empleador deberá contar con una cuenta identificada, administrada a través de ARCA, desde donde se realizarán los pagos en caso de despido en un plazo máximo de cinco días hábiles. El esquema alcanza a trabajadores registrados con al menos doce meses de antigüedad.
La responsabilidad sobre el cálculo de la indemnización será siempre del empleador.
Las inversiones del fondo estarán limitadas a instrumentos financieros y valores negociados en la Argentina, y la comisión total por administración no podrá superar el uno por ciento anual de los activos.
Quedan excluidas las relaciones laborales del sector público y aquellas expresamente excluidas por la Ley 27.802, el personal de casas particulares y los trabajadores comprendidos en el régimen de la construcción de la Ley 22.250.




