Reglamentaron el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral

El decreto que lo oficializó lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y de los ministros Sandra Pettovello y Luis Andrés Caputo.
El RIFL fija condiciones para acceder a la reducción de aportes patronales por nuevas contrataciones. Está dirigido a empleadores del sector privado que incorporen nuevos trabajadores y contempla una reducción de cargas por hasta 48 meses sobre aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo, el régimen de asignaciones familiares y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
Este beneficio alcanza a trabajadores que no hayan tenido empleo registrado al 10 de diciembre de 2025, o que se encontraran desempleados en los seis meses previos a su contratación, entre otros supuestos.
La resolución indica que las disposiciones entran en vigencia con su publicación y se aplicarán a las declaraciones juradas correspondientes a mayo de 2026 en adelante.
Solo acceden al RIFL las relaciones laborales registradas ante ARCA entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.
El empleador debe declarar expresamente su adhesión al RIFL ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), sin esa declaración, no hay posibilidad de reclamar el beneficio retroactivamente.




