Comienzan las retenciones a las exportaciones de servicios

El decreto fue publicado en el Boletín Oficial e indica que las retenciones se aplicarán a las ventas superiores a los U$S 600 mil anuales, que deberán abonar $4 por dólar.

En el texto, se considera prestación de servicios a cualquier locación y prestación realizada en el país a título oneroso y sin relación de dependencia, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior.

En el Gobierno estiman que en 2018 se exportaron de U$S 7000 millones de dólares a U$S 8000 millones, por lo que la proyección para este 2019 es de U$S 32000 millones de recaudación.

La nueva reglamentación establece que los derechos de exportación deberán ser abonados dentro de los primeros 15 días hábiles del mes posterior a la facturación de las operaciones, luego de la presentación de una declaración jurada.

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